Es un tema que, por desgracia, está cada vez más a la orden del día. Por ello, te vamos a contar qué debes hacer si te ocupan tu vivienda.

Si tienes una vivienda o casa que está siempre habitada es muy probable que no tengas que preocuparte por este tema, pues por regla general, los okupas se aprovechan de viviendas que están vacías o que se habitan poco tiempo por los propietarios. Estas suelen ser segundas residencias, casas vacacionales o de fin de semana.
También suelen ocupar las viviendas que pertenecen a bancos o a algún tipo de compañía real state, ya que suelen estar vacías durante “largo” tiempo.

En definitiva, si tienes otras propiedades y alguna suele estar desocupada de manera habitual, esta información te puede resultar útil para estar alerta y, en caso de sufrir una ocupación, saber cómo actuar de manera legal.

¿Cuáles son las viviendas más vulnerables?

Como mencionábamos al principio, las probabilidades más altas se dan en viviendas de segunda residencia que permanecen desocupadas por largos periodos o en propiedades que pertenecen a los bancos y se encuentran vacías.

También son vulnerables las viviendas que aparecen en páginas o empresas del sector inmobiliario, ya que muchos dueños de estas propiedades no llevan un control constante de las mismas y los okupas tienen la oportunidad de “colarse” sin ser detectados.

Los procedimientos para echar okupas variarán dependiendo de si se han apropiado de una vivienda habitual o de una segunda propiedad. A continuación, os indicamos cómo desalojar okupas legalmente en ambos casos.

Cómo echar okupas de viviendas habituales

Aunque esta situación es menos probable, existe la posibilidad de que suceda y por ello la ley contempla un procedimiento específico. En estos casos los okupas deben responder ante el órgano penal, pues el allanamiento de morada es un concepto legal reflejado en el código penal español.

Al tratarse de un delito penal, lo primero que debe hacer el propietario de la casa es denunciarlo. Una vez hecha la denuncia, la policía debería acercarse al domicilio de forma inmediata.
El vulnerado debe presentar una denuncia mostrando los documentos legales que le vinculan con la propiedad ocupada, así como imágenes o testimonios que demuestren de manera fehaciente que su vivienda ha sido violentada.

Las autoridades recomiendan llevar a cabo la denuncia lo antes posible, preferiblemente a más tardar durante las primeras 48 horas. Esto impide que los okupas tengan tiempo para hacer ver que su presencia en dicho inmueble es legítima.

Una vez se ha determinado que, efectivamente, se ha dado una situación de ocupación ilegal, el desalojo del infractor se lleva a cabo inmediatamente.

Cómo echar okupas de segundas viviendas

Ante propiedades vacacionales o de segundo uso se plantea un procedimiento distinto. En estos casos el delito tiene carácter civil, es decir, no se protege el hogar de un individuo, sino su propiedad.

En este tipo de viviendas es más probable que los dueños tarden en enterarse de la ocupación, por lo que los okupas tienen suficiente tiempo para llenar el espacio con elementos personales y cotidianos, lo que dificulta la comprobación del delito.

¿Qué hacer en estos casos?

Del mismo modo que si fuera nuestra vivienda habitual, se debe interponer una denuncia en el juzgado de primera instancia, pero en este caso, es el juez correspondiente quien determina si dicha demanda es válida o no, y el proceso puede tardar hasta 45 días en responderse.

Una vez que se recibe la denuncia, posteriormente los okupas son notificados y se les pide dar fe de que la propiedad es de ellos. Para eso se les otorga hasta 10 días; si no logran acreditar su condición de propietarios, los okupas deberán desalojar el inmueble.

Este proceso suele estar supeditado a los tiempos de las autoridades competentes, por lo que en España puede durar hasta 12 meses y en algunos casos más; sin embargo, en 2018 esto cambió.

Ley anti okupas

Desde el 2 de julio de 2018 está vigente la llamada Ley anti okupas, que tiene incidencia sobre todas las viviendas sin fines de lucro, las particulares y las que son propiedad de la administración pública.  La mayor novedad de esta legislación es la posibilidad de desalojo con más rapidez que antes.

La ley anti okupa indica que el desalojo del inmueble en disputa debe efectuarse como máximo 20 días después de que el agraviado haya interpuesto la denuncia y haya acreditado su vínculo con la propiedad ocupada.

Sin duda, esta legislación implica una mejora en el proceso existente y da mayor tranquilidad a los propietarios que se encuentran en esta situación de vulnerabilidad.


Ahora que ya sabes un poco más sobre cómo actuar en caso de ocupación, confiemos en que nunca tengas que realizar estos trámites.

¡Esperamos verte pronto por nuestro blog y, si te ha gustado, comparte nuestro post!

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